Sergio y Ricardo son hermanos; les tocó vivir una dura infancia con su madre, por la muerte de su papá. Al crecer, la vida los llevó por destinos diferentes: Sergio se casó, formó su familia, y se apartó del hogar.
Ricardo, a su vez, dueño de su negocio propio de venta y mantenimiento de equipo de cómputo, se quedó al lado de su madre, de cuyos gastos se hacía cargo al 100%, sin nunca exigir a su hermano que aportara para la manutención de doña Esperanza.
Pero la situación económica para Ricardo se complicó, pues se le vinieron abajo ciertos contratos con grandes corporativos, lo que mermó sus ganancias.
Por ello, pidió a Sergio su apoyo para la manutención de su madre, y aunque este le decía que sí, su aportación nunca llegaba.
Ricardo llevó a su madre al Centro de Justicia Alternativa (CJA) del Tribunal Superior de Justicia de la CDMX, a solicitar el servicio de mediación familiar, a fin de invitar a Sergio a mediar en torno a la pensión alimenticia, y cuyo acuerdo quedase plasmado en un convenio, cuya fuerza legal es la de una sentencia, sin la necesidad de abogados ni juicios.
Una vez que Sergio fue invitado a mediar, se agendó una cita en la que el mediador familiar les explicó como construir entre las partes un convenio, sin jueces. El mediador abrió el diálogo el cual permitió a doña Esperanza expresar que necesitaba de Sergio ayuda para solventar sus gastos. Sergio se dijo apenado y enseguida, se dijo dispuesto a aportar gasto, pero pidió una segunda sesión, para ponderar cuánto podía aportar al mes.
En la segunda sesión, Sergio llegó con una propuesta para su madre, lo que fue aceptado por ella, por lo que se procedió a la firma del convenio sin un juicio familiar.