Con casi 65 años, doña Laura entró a una etapa de miedo e incertidumbre, pues en pocas semanas su hija Rosa se irá con una nueva pareja, luego de que han vivido más de 10 años juntas.
Doña Laura no se hace a la idea de que se quedará sola en el departamento rentado sin una pensión digna para solventar sus gastos; Rosa, contadora de profesión, ha sido pilar y sostén de su madre.
Rosa ofreció a su madre alojo en la amplia casa de su nueva pareja, pero ella con rotundidad se negó, porque no quería ser “mal tercio”.
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A días de la partida de Rosa, doña Laura se sinceró y le pidió no dejarla en el olvido en gastos de medicinas para atenderse la diabetes y la presión arterial alta que padece.
Su hija planteó formalizar una pensión alimenticia que le diera la certeza legal de apoyo económico.
Para ello, la llevó al Centro de Justicia Alternativa (CJA) del Poder Judicial de la Ciudad de México (Niños Héroes 133, colonia Doctores, alcaldía Cuauhtémoc), a fin de que ambas firmaran, de común acuerdo, un convenio de mediación en el que se estipularía la pensión mensual que Rosa otorgaría quincenalmente a su mamá, con quien, además de la obligación legal, tenía la obligación moral, por todo le dio para ser la profesionista que ahora era.
El mediador familiar le precisó la fuerza legal del acuerdo y que su sustento quedara garantizado.
Una vez que quedó estipulado el monto de la pensión alimenticia, el cual aceptó doña Laura con agradecimiento hacia su hija, firmaron el convenio, reconocieron el servicio brindado por la institución, su gratuidad, así como su agilidad para resolver el asunto; entonces, se marcharon no sin antes expresar Rosa a su madre que nunca la dejaría en el desamparo.