Entre 120 y 195 días naturales tendrán los establecimientos que brinden servicio de hospedaje, como hoteles y moteles, para adecuar sistemas electrónicos de videovigilancia y para reforzar las medidas contra delitos como la trata de personas, o violencia.

Ayer, la Gaceta de la publicó modificaciones a las Leyes de Establecimientos Mercantiles y de Turismo.

Los hospedajes tendrán 120 días naturales, siguientes a la publicación de las reformas, para instalar los sistemas de videovigilancia en cada acceso y salida vehicular del establecimiento, así como en las áreas de uso común, estacionamientos y accesos peatonales.

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Las imágenes captadas por dichos sistemas deberán tener la resolución, calidad y nitidez suficientes para permitir la plena identificación de los rostros de las personas que permanecen en el establecimiento. Las grabaciones deberán conservarse y resguardarse por un período mínimo de 90 días naturales

También queda expresamente prohibida la instalación de cámaras, sistemas o dispositivos de videovigilancia en el interior de habitaciones, sanitarios, vestidores o cualquier espacio de uso íntimo o privado. Las grabaciones generadas en áreas públicas solo podrán ser entregadas a autoridad competente previa solicitud formal y motivada, mandato judicial y/o ministerial.

Además, de 195 días naturales para contar con seguridad privada capacitada y que esté registrada ante la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México.

Otra de las adecuaciones aprobadas es que se exigirá, al entrar a estos negocios, que las personas presenten identificación oficial vigente, registrar entrada y salida, número de acompañantes, así como domicilio completos.

¿Cuál será la sanción para los hoteles que no cumplan las normas?

Mil veces la Unidad de Medida y Actualización será la sanción máxima a quien no cumpla, lo cual equivale a cerca de 1 millón 130 mil pesos.

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