El 31 de octubre está a la vuelta de la esquina y con ello las festividades de fecha que muchas personas aprovechan para recordar a sus difuntos o acudir a alguna fiesta, lo cierto es que para muchos surge la duda si el 31 de octubre, 1 y 2 de noviembre son feriados.

De acuerdo con la los días 31 de octubre, 1 y 2 de noviembre no son feriados, por lo cual las empresas no están obligadas a dar el día libre a sus trabajadores, ni realizar un pago extra por su labor.

¿Qué días son feriados en este 2025?

La Ley Federal del Trabajo establece que los únicos días feriados en el año son:

  • 1 de enero, por año nuevo.
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo.
  • El 1 de mayo, por el Día Internacional del Trabajo.
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.
  • El 25 de diciembre por Navidad.
  • El que determinen las leyes federales y locales electorales.

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¿Se paga doble o triple por laborar en un día feriado?

Conforme a la Ley Federal del Trabajo, los días feriados son de descanso obligatorio y, si se labora en esas fechas, se tiene derecho a recibir un pago adicional, pues la ley establece que se deberá pagar el salario diario normal más el doble de ese salario, lo que equivale a un pago triple por ese día.

¿Qué hacer si la empresa no paga los días feriados que laboró el trabajador? Primero es importante verificar que los pagos correspondientes se reflejen en la tira de pago, en caso de no haber recibido los pagos correspondientes se puede acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), institución que asesorará de forma gratuita a los afectados.

¿Cómo contactar a la PROFEDET?

  • Correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx
  • Teléfono: 800 911 7877 y 01 800 717 29 42
  • De forma presencial: En cualquier Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral
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