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Cuando un beneficiario de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores fallece, el apoyo económico se suspende. Sin embargo, existen ciertos pasos y consideraciones importantes que los familiares deben conocer:
1. Suspensión del pago
Una vez que se notifica el fallecimiento del beneficiario, los pagos se detienen.
Es importante no seguir cobrando el apoyo si el beneficiario ya ha fallecido, ya que eso podría considerarse un uso indebido de recursos públicos.
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2. Notificación del fallecimiento
Un familiar o representante debe acudir al Módulo de Bienestar más cercano para reportar el fallecimiento y debe presentar los siguientes documentos:
Acta de defunción.
Identificación oficial del fallecido.
Identificación del familiar que reporta.
3. Apoyo por única ocasión (Pago de marcha)
En algunos casos, el programa otorga un apoyo económico único llamado pago de marcha a un familiar registrado como auxiliar.
Este pago suele ser de un mes del monto de la pensión.
Solo se otorga si el beneficiario contaba con un auxiliar registrado antes de fallecer.
Si el beneficiario aún vive, pero se encuentra muy enfermo o no puede cobrar por sí mismo, es recomendable registrar a un auxiliar autorizado previamente.
Un auxiliar es una persona de confianza del beneficiario que puede representarlo en trámites o recibir el apoyo en caso de que el beneficiario no pueda hacerlo por motivos de salud o discapacidad.
Requisitos para registrar un auxiliar para la Pensión del Bienestar
El beneficiario debe estar vivo al momento del registro del auxiliar.
El auxiliar debe ser mayor de edad y presentar sus documentos.
Documentos del beneficiario:
- Identificación oficial vigente (INE, pasaporte, etc.).
- CURP actualizado.
- Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses.
- Acta de nacimiento.
Documentos del auxiliar:
- Identificación oficial vigente.
- CURP.
- Acta de nacimiento.
- Comprobante de domicilio (si tiene uno distinto al del beneficiario).
- Documento que acredite la relación (familiar o de confianza).
¿Dónde hacer el registro?
En el Módulo de Bienestar más cercano. Puedes consultar la ubicación en la página oficial: ubicatumodulo.bienestar
¿Cómo solicitar el Pago de Marcha si el beneficiario de la Pensión del Bienestar fallece?
Este es un apoyo único equivalente a un bimestre de la pensión, entregado al auxiliar registrado cuando el beneficiario fallece.
El plazo para solicitarlo es dentro de los primeros 2 meses después del fallecimiento del beneficiario.
Documentos para el Pago de Marcha de la Pensión del Bienestar
- Acta de defunción del beneficiario.
- Identificación oficial del auxiliar.
- CURP del auxiliar.
- Comprobante de domicilio del auxiliar.
- En algunos casos, puede pedirse el estado de cuenta o tarjeta del Banco del Bienestar.