El Gobierno del Estado de México, por medio del Instituto Mexiquense de la Vivienda Social lanza la convocatoria “Vivienda para el Bienestar”, con la finalidad de beneficiar a los sectores más vulnerables del Edomex. Vale destacar que dicho programa va dirigido a los 125 municipios de dicha entidad.
En la convocatoria se dan a conocer los criterios de selección, con la finalidad de especificar a qué sector de la ciudadanía mexiquense se beneficiará, entre los que se encuentran ser una persona mayor de 18 años, presentar condiciones de pobreza o carencia de servicio básicos en el inmueble, habitar la casa que se quiere beneficiar y no haber sido beneficiario por parte de algún apoyo federal a la vivienda.
La convocatoria “Vivienda para el Bienestar” también ha informado sobre los criterios de priorización, indicando que en primera instancia se apoyará a sectores de la población en las siguientes condiciones:
- Personas con enfermedades crónico-degenerativas
- Personas con discapacidad o que cuiden de una
- Personas afectadas por un desastre natural
- Personas que hayan sido victimas u ofendidas de un delito
- Personas que se reconozcan como indígenas o habiten algún municipio catalogado con presencia indígena por la Ley de Derechos y cultura indígena del Estado de México.
- Personas que se reconozcan como afromexicanas
- Personas que radiquen en comunidades rurales
- Madres o padres solteros
- Personas que cuiden a menores de edad, que sean hijos de mujeres privadas de la libertad por alguna resolución judicial
- Personas con una condición especial a solicitud de una autoridad judicial

¿Cuáles son los requisitos para acceder a “Vivienda para el Bienestar 2025”?
- La casa que se busque beneficiar no deberá encontrarse en alguna zona de riesgo, de preservación ecológica o un uso de suelo distinto al habitacional
- Presentar solicitud dirigida a la persona titular de la dirección general del instituto, en donde se especifique el tipo de apoyo, medio de localización y que el interesado establezca bajo protesta decir la verdad que su vivienda presenta alguna carencia.
- Acta de nacimiento en original y copia
- Copia de una identificación oficial como el INE, pasaporte, constancia domiciliaria expedida por la autoridad local (este último documento no debe tener una vigencia mayor a 3 meses)
- Clave única de Registro de Población (CURP)
- Comprobante de domicilio con vigencia máxima de 3 meses
¿Cuáles son las características que debe presentar la vivienda para ser objeto de apoyo?
De acuerdo con la convocatoria “Vivienda para el Bienestar” la casa que se busque beneficiar debe presentar alguna de las características, las cuales son:
- El piso interior de la vivienda sea parcial o totalmente de tierra
- El material del techo de la casa sea parcial o totalmente de materiales endebles
- Los muros de la vivienda sean de materiales endebles
- El numero de personas por cuarto sea igual a 2.5 o mayor
- Que la casa no cuente con tinaco para el almacenamiento de agua potable
- Vivienda que cuente con un tinaco fisurado que permita la filtración de agua almacenada.
- Casa con un tinaco con capacidad menor de acuerdo con el número de habitantes en el domicilio
- Viviendas con servicio de agua intermitente
- Inmueble que no cuente con calentador de agua para el aseo personal
- Vivienda sin energía eléctrica
- Casa que no cuente con las condiciones para ser una vivienda digna o adecuada
¿Cuándo será el pre-registro por internet al programa “Vivienda para el Bienestar” 2025?
La fecha del pre-registro estará vigente del 2 al 27 de junio del 2025, de la siguiente forma:

Finalizando el pre-registro en línea se deberá descarga el Formato Único de Bienestar o conocido como FUB, el cual automáticamente genera el sistema y brindará un número de folio
Las personas seleccionadas recibirán un correo electrónico con las indicaciones para presentarse en alguno de los módulos de registro del IMEVIS, en horario de 10:00 a 17:00.